¿Cuándo vence el plazo para el pago de la prima de Navidad?
En caso de no recibirla por parte del empleador, podrá acudir directamente al Ministerio de Trabajo y así exponer su caso
Los colombianos ya respiran el espíritu navideño y es natural empezar a calcular los gastos para esta época. Sin duda alguna, la temporada se destaca por la compra de obsequios, celebración y por supuesto, una proyección de cara a lo que viene para el próximo año.
Ahora bien, la prima salarial es otro de los puntos que entusiasma a los empleados y es importante conocer de primera mano, que esta equivale a medio salario del empleado, en el que se añade -de acuerdo al caso- auxilio de transporte, horas extras, entre otros. Lo anterior, según lo estipulado en la Ley 1045 de 1978.
Para el caso de la segunda prima del año, esta deberá pagar en los primeros quince días del mes de diciembre, dando como plazo máximo el día 20. Sin embargo, existen algunos casos en los que se paga desde noviembre.
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¿Qué hacer si no recibe la prima en las fechas estipuladas?
Si la empresa en la que usted trabaja no le pagó la prima de Navidad en las fechas estipuladas, podrá acudir al Ministerio de Trabajo. Recuerde que también existe otro canal de atención, al que usted podrá comunicarse de forma gratuita (018000513100).
Al no pago de la prima y las quejas recibidas, se puede sumar una multa para las empresas que incumplan con esta normativa.
¿Cuánto deberá recibir para fin de año?
La prima de fin de año corresponde a 30 días de salario por año. Es decir, la primera parte será cancelada en el mes de junio y la segunda en noviembre o diciembre, dependiendo del caso. Si en tal caso, el trabajador no estuvo bajo el contrato durante todo el semestre, el pago será proporcional al tiempo laborado (diario, semanal o quincenal).